martes, 6 de noviembre de 2012

Faros y pilotos tuning no originales, son considerados recambios.

Queremos comunicaros que el Ministerio de Industria confirma la legalidad de los faros, pilotos e intermitentes no originales, considerándolos recambios.

Es un importante respaldo que el sector de la personalización ha recibido  por parte del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Tras una reunión mantenida por el APTA con el técnico del Ministerio de Industria, se han aclarado algunas diferencias de interpretación que se están dando en las ITV.


En dicha reunión, quedó aclarado que modificar la iluminación en faros delanteros, pilotos traseros y laterales no es reforma, ya que deben ser considerados recambios.

Esta confirmación afecta a los faros (luz diurna, ojos de ángel…) pilotos (Lexus y Led), además de los intermitentes (con diferentes acabados). Todos ellos, claro está, con su correspondiente contraseña de homologación.

La definición de recambio no la tiene que decir ni interpretar la ITV, puesto que ya está definido por la Comisión Europea en el Reglamento 461/2010 la cual dice, en el Capitulo 1, Disposiciones Comunes; Artículo 1,  que la Definición de Recambios es:

“los productos que deben instalarse en un vehículo de motor, o sobre él,  para sustituir componentes de este vehículo, incluidos los lubricantes que sean necesarios para el uso de un vehículo de motor, a excepción del combustible.”

De tal forma que, en ningún caso, sirve que una ITV diga que sólo es recambio el recambio original. Por lo que  el Ministerio, ha solicitado a el APTA documentación sobre las incidencias que algunas ITV han generado por su errónea interpretación del manual.

Por lo tanto, siempre que el faro o piloto tenga la homologación grabada en el cristal, no tienen que pedir absolutamente nada mas en ninguna ITV.

Esperamos que esta información, despeje cualquier duda que alguien pueda tener sobre si puede poner o no cualquier elemento de iluminación.

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