Sucedió hace un mes. Un grupo de amigos habían salido por la noche y a las cuatro de la madrugada decidieron dar carpetazo a la noche e irse a casa. Podrían haberlo hecho a pie, pero era tan poco el trayecto entre la zona de copas y sus domicilios que pensaron que nada malo había en hacerlo apelotonados en el Smart de su amiga. Nadie sabe cómo lo consiguieron, pero al final, uno a uno, fueron entrando en el metro cuadrado del utilitario.
Ya estaban cerca de sus casas cuando un control de alcoholemia de la Policía Local se les cruzó en el camino. Una agente le hizo una señal a la conductora para que estacionara el vehículo. La joven declaró en el juicio que acató la orden sin más, pero la policía, en el juicio, declaró que tuvo que darle un golpe con la mano al vehículo cuando pasó a su lado para que parara. Todos los viajeros dijeron que eso era mentira, que «en ningún momento quisieron darse a la fuga».
No solo eso. Las diferencias de interpretación de la agente y los jóvenes sobre lo que ocurrió allí son radicalmente opuestas. Para empezar, el estado de embriaguez de la conductora. Cuando la sometieron al control de alcoholemia arrojó un resultado de 0,4 miligramos, lo que traducido a la ley supondría una falta administrativa que se resolvería con una multa. Porque por debajo de 0,6 no se considera delito, sino infracción. Pero hay una excepción. Si el agente que redacta el atestado precisa que el conductor mostraba síntomas evidentes de embriaguez, con halitosis o deambulaciones, ya no importa que la tasa sea baja. Esas apreciaciones convierten la falta administrativa en delito, lo que lleva parejo la retirada de carné e incluso pena de prisión. A la joven no la quieren llevar a la cárcel, pero sí quitarle el permiso.
Deambulación
Los que aquella madrugada viajaban en el Smart explicaron que la conductora no presentaba «bajo ningún concepto» los síntomas a los que se refería la agente. De hecho, el abogado de la conductora, Rubén Veiga, le preguntó a la policía si le había realizado alguna prueba adicional para comprobar esa deambulación, como que caminara por una línea recta. La agente reconoció que no lo había hecho. Esa misma policía había redactado además que tanto la que conducía como los pasajeros se alteraron, alzando la voz contra ella.
Preguntados los aludidos, se limitaron a decir que la agente tenía intención de llevar a la conductora a comisaría porque se había olvidado la documentación en casa. «Meter a una persona en un coche patrulla por eso nos pareció que no era de recibo, así que le propusimos que fuera a buscar a su domicilio el carné, pues estaba muy cerca», declararon. Será el juez el que decida.
Por Alberto Mahía.
Fuente: La Voz de Galicia.
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